Forma simplificada

Formato simplificado de envío para México

Formato simplificado de envío para México

Formato simplificado de envío para México

El 30 de diciembre de 2024, el gobierno mexicano publicó disposiciones normativas quemodifican la liberación simplificada de aduanas, añadiendo restricciones y ajustando y ampliando las obligaciones de información en la liberación de envíos exprés que llegan a México (30 dic.). Vigente a partir del 1 de enero de 2025.

Como se estableció en nuestra RegAlert de fecha 17 de octubre de 2024, los remitentes que envíen mercancías a México para ser despachadas bajo pedimento simplificado (Clave T1) deberán proporcionar información adicional y más detallada sobre las mercancías enviadas, incluyendo:

Descripción precisa de los productos (no son admisibles descripciones genéricas como “artículos diversos”, “artículos varios”, “regalo”, “obsequio”, “cortesía”, o cualquier otra que no permita la identificación de la mercancía, ya sea en idioma español o en cualquier otro). Nombre completo, dirección completa, RFC y CURP, correo electrónico y número de teléfono, del consignatario. Para consignatarios extranjeros, se aceptarán otros números de identificación: Número de Seguro Social (SSN), Tax ID o número de pasaporte.

Si no se proporciona la información requerida, el envío será devuelto con cargo al remitente.

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Proporciona una de las siguientes, según corresponda:

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Descripción detallada de las mercancías (por favor responde a TODAS las preguntas)

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